QUIÉNES SOMOS

DIRECTIVA

Maximiliano Alcayaga Devia
Director Presidente

“Como directiva debemos tener transparencia en todas nuestras decisiones y acciones”

maximiliano@siplach.com

Gustavo Bustamante Ruiz
Director Secretario

“Como directiva debemos representar de la mejor manera los intereses de nuestros asociados”

Orlando Becker Gómez
Director Tesorero

“Como directiva procurar generar confianza en nuestra gestión”

HISTORIA

Este Sindicato fue constituido en Santiago, el 23 de agosto de 1982 e inscrito bajo el Nº 896 del Registro Local de Organizaciones Sindicales de la Inspección Provincial del Trabajo de dicha ciudad, con el nombre de “SINDICATO DE OFICIALES DE VUELO DE LA EMPRESA LINEA AEREA DEL COBRE S .A.”, con domicilio en la ciudad de Santiago y cuya jurisdicción comprenderá todo el territorio nacional. Con fecha 16 de diciembre de 2002 reforman sus Estatutos, pasando a denominarse “SINDICATO DE PILOTOS DE EMPRESA TRANSPORTE AEREO S.A. conocida comercialmente como LANEXPRESS, manteniendo su domicilio y jurisdicción, siendo su primer Director Presidente, Don Jorge A. Prat Alemparte.

3 Febrero de 1984

Se firmó el 1er, Convenio Colectivo entre LADECO y el Sindicato de Oficiales de Vuelo Ladeco.

3 Mayo de 2012

Ante la notaria de La Reina, de don Sergio Jara Catalán, se efectuaron reformas a sus estatutos.

14 Mayo 2015

Ante la presencia del Ministro de Fe, de la Inspección del Trabajo don Ricardo Lorca, se efectuó reforma de estatutos, manteniéndose el nombre, domicilio y jurisdicción.

8 Julio 2016

Ante la presencia del Ministro de Fe, de la Inspección del Trabajo don Fernando Silva, se efectuó reforma a sus estatutos, manteniéndose el nombre, domicilio y jurisdicción.

MISIÓN Y OBJETIVOS

El Sindicato tiene como objeto principal obtener el cumplimiento de las leyes y reglamentos que beneficien a sus asociados, propiciar la cooperación y bienestar de cada uno de sus miembros, generar mediante la unidad, la suficiente capacidad de negociación y representación y mantener un diálogo adecuado entre el empleador y los trabajadores; dentro de los siguientes fines:

Representar a los afiliados en las diversas instancias de negociación colectiva, suscribir los instrumentos colectivos de trabajo que corresponda, velar por su cumplimiento y hacer valer los derechos que de ellos nazcan.

Representar a los afiliados en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, del Código del Trabajo y de la normativa de la Dirección General de Aeronáutica Civil, cuando sean requeridos por los asociados.

No será necesario requerimiento de los afectados para que los representen en el ejercicio de los derechos emanados de los instrumentos colectivos de trabajo y cuando se reclame de las infracciones legales o contractuales que afecten a la generalidad de sus socios.

Promover la educación sindical, técnica y profesional de sus asociados, mediante la organización de cursos de capacitación y otras actividades que tiendan al perfeccionamiento de los socios.

Verificar que el alojamiento, transporte y alimentación de los asociados sean los adecuados a las necesidades de salud, seguridad y comodidad. Lo anterior se cumplirá aun cuando los servicios sean prestados a otras empresas del holding.

En general, realizar todas aquellas actividades que tengan relación directa con los fines señalados en este artículo o que sean un complemento de ellos.